La elección de la forma de sociedad es una de las decisiones más importantes que toma como empresario o propietario de un negocio. Afecta la responsabilidad, los requisitos de capital, los impuestos, el gobierno, la capacidad de recaudar capital y cómo los bancos, socios y autoridades perciben el negocio. En KGN Services le ayudamos a elegir la forma correcta y a llevar a cabo la constitución correctamente desde el primer paso.
A continuación se presenta un resumen de las formas de sociedad danesas más comunes. Para cada una, puede hacer clic para acceder a una página detallada con formalidades, requisitos de capital, gobierno y consideraciones prácticas.
Sociedad de responsabilidad limitada (ApS)
Una sociedad de responsabilidad limitada (anpartsselskab, ApS) es la forma de sociedad más común para las PYMES en Dinamarca. Requiere un capital social de al menos 20.000 DKK, que puede aportarse en efectivo o en especie. Los propietarios (accionistas) son en principio solo responsables hasta el capital aportado, proporcionando una clara separación entre las finanzas personales y las del negocio.
Una ApS es típicamente la elección correcta cuando usted:
- quiere dirigir un negocio con responsabilidad personal limitada,
- necesita una estructura de propiedad simple y flexible,
- quiere un marco profesional sin los requisitos más estrictos que se aplican a una A/S.
La constitución incluye la redacción de los estatutos y el pacto social, el pago del capital social y el registro digital ante la Autoridad Comercial Danesa. Asistimos en todo el proceso y asesoramos sobre acuerdos de accionistas, reglas de firma y cualquier estructura de holding.
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Sociedad anónima (A/S)
Una sociedad anónima es la forma de sociedad más formal y con mayor capital, con un capital social mínimo de 400.000 DKK. Se utiliza típicamente cuando hay varios inversores independientes, planes para mayores captaciones de capital, o cuando los bancos, socios o autoridades requieren una estructura A/S. La A/S tiene un gobierno de dos niveles con un consejo y una dirección ejecutiva, y está sujeta a requisitos más estrictos en cuanto a informe anual, junta general y trabajo del consejo.
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Sociedad en comandita (K/S)
Una sociedad en comandita combina elementos de sociedades de capital y personales. El socio colectivo es personal e ilimitadamente responsable (en la práctica a menudo una ApS o A/S), mientras que los socios comanditarios solo son responsables hasta su aportación. La forma se utiliza típicamente para proyectos inmobiliarios y de inversión donde los inversores desean responsabilidad limitada combinada con transparencia fiscal.
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Sociedad colectiva (I/S)
Una sociedad colectiva es una cooperación entre dos o más individuos o empresas. Los socios son personal, ilimitada y solidariamente responsables de las obligaciones de la sociedad. La forma es flexible y adecuada para asociaciones cercanas donde todos los participantes son activos en las operaciones, pero requiere un acuerdo de sociedad redactado minuciosamente.
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Empresa individual
Una empresa individual es la forma más simple de autoempleo. No hay requisito de capital, pero el propietario es personal e ilimitadamente responsable. Es adecuada para nuevas empresas a pequeña escala y puede convertirse posteriormente en una ApS a medida que el negocio crece.
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Otras formas de sociedad y cooperación
- Sociedad holding: una ApS o A/S separada que posee acciones en una empresa operativa. Se utiliza para la optimización fiscal, la protección del capital acumulado y la planificación de la sucesión.
- Sociedad en comandita por acciones (P/S): una combinación de A/S y K/S, con capital social y un socio colectivo. Se utiliza en ciertos servicios profesionales, entre otras áreas.
- Sociedad cooperativa (A.m.b.a.): una empresa propiedad de los miembros con responsabilidad limitada — típicamente utilizada en agricultura, servicios públicos y partes del comercio minorista.
- Asociación y fundación: entidades legales independientes con propósitos y reglas de gobierno específicos.
- Sucursal de una empresa extranjera: una división registrada de una empresa extranjera que realiza negocios en Dinamarca.
Nuestra asistencia en la constitución de sociedades
Independientemente de la forma que mejor se adapte a su situación, nuestra asistencia típicamente incluye:
- asesoramiento sobre la elección de la forma de sociedad en función de sus necesidades comerciales, fiscales y legales,
- redacción de los estatutos, el pacto social y cualquier acuerdo de accionistas o de sociedad,
- pago y documentación del capital social en cooperación con el banco y el auditor,
- registro digital ante la Autoridad Comercial Danesa y registro de los beneficiarios finales,
- asesoramiento sobre la estructura de gobierno, la regla de firma y cualquier acuerdo de holding,
- asesoramiento de seguimiento sobre banca, IVA, impuestos y seguros en la fase de inicio.
¿También está considerando la constitución de sociedades en el extranjero? Asistimos, entre otras cosas, con la constitución de sociedades en el Reino Unido.
